La devolución IRPF del Impuesto a la renta de las personas físicas, conocido como IRPF en algunos países, tiene una larga historia y grandes puntos a tomar en consideración.
La devolución del IRPF en Uruguay y América
El régimen se introduce en Uruguay y se conoce como la devolución IRPF 2022, y supone la devolución de retenciones. En otros países, tiene diversos formatos y formas de tributación. En cambio, el IRPP representa el 13,3% de los costes laborales medios en los países de la OCDE.
En la región de América Latina y el Caribe, la gran mayoría de la población activa recibe menos del mínimo exigido por el IRPP gracias a generosas devoluciones de impuestos. Tanto el valor del mercado laboral ilegal como la evasión fiscal están relacionados con el bajo nivel salarial del IRPP.
El nivel comparativamente bajo de la cuña fiscal en la región -concepto que mide la brecha entre el coste de la mano de obra de un empleador y la paga neta disponible de un empleado- refleja unos tipos de IRPF muy bajos. De hecho, México es el único país analizado en el estudio en el que los empleados que cobran el nivel salarial medio están sujetos al IRPP.
IRPF en América del Norte
Estados Unidos es un estado federal compuesto por estados relativamente independientes. Esto significa que el sistema fiscal se rige por normas federales (comunes a todos) y normas específicas de cada estado.
Por lo tanto, los estadounidenses deben presentar (antes del 15 de abril) una declaración de impuestos federales Y una declaración de impuestos estatales, pero también pagar un impuesto federal y un impuesto estatal, y a veces incluso un impuesto municipal o comunitario.
Por el contrario, algunos estados ni siquiera cobran el impuesto sobre la renta (Texas, Dakota del Sur, Alaska, Florida, Nevada, etc.). Un neoyorquino pagará un impuesto sobre la renta mucho más alto que un tejano.
Europa
En sus votos del 31 de diciembre de 2013, François Hollande reconoció que los impuestos se habían «vuelto demasiado pesados» y prometió medidas para reducirlos con el tiempo. Sin embargo, la fiscalidad, figura central del contrato democrático, consagrada en la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano de 1789 (artículos 13 y 14) como «contribución común», es esencial.
Son en primer lugar los clásicos los que reconocen la necesidad de los impuestos para financiar las funciones regias, el «Tercer deber del Soberano» según Smith, como contrapartida del servicio prestado por el Estado. Si el impuesto compensa los fallos del mercado, debe ser neutro y no alterar el comportamiento económico, porque ya se teme un mecanismo de desincentivación, advirtiendo Say que «un impuesto exagerado destruye la base sobre la que se recauda».
El impuesto sólo evoluciona por efectos de desplazamiento (Peacock y Wiseman, 1961) debido a las revoluciones (la revolución francesa creó las «cuatro vielles» entre 1790 y 1798), las guerras (el impuesto sobre la renta siguió a la primera guerra mundial, el impuesto de sociedades a la segunda) y las crisis (la política de deflación de Laval en los años 30 se basó en el arma fiscal, con un impuesto del 24% sobre los dividendos).
Puesto que «cuanto más civilizada se vuelve la sociedad, más caro se vuelve el Estado» (Wagner, 1876), es realmente la aparición del Estado de bienestar la que consagra las exacciones obligatorias (impuestos, tasas y cotizaciones sociales) como instrumentos de política económica, pero también la reducción de las desigualdades de situación, mediante la redistribución horizontal (protección social) y vertical (impuesto sobre la renta). Los instrumentos son múltiples: el tipo de IVA, el impuesto sobre la renta y el impuesto de sociedades.
El crecimiento de las «Trente Glorieuses» permitió aumentar las exacciones obligatorias, que pasaron del 14% en 1950 al 30% del PIB en 1960 en Francia. Los impuestos siguen subiendo a pesar de la crisis de los años 70 y del giro liberal de los 80, cuando se pedía una bajada de impuestos, porque existe, según Laffer, un nivel óptimo de imposición, que parece haber sido superado. Así, durante los mandatos de Reagan, el tramo impositivo más alto pasó del 70 al 28% de los ingresos.
Pero lo que es nuevo desde los años 90 es que la globalización impone la competencia fiscal (los paraísos fiscales, pero no sólo). El tipo impositivo es un factor determinante del atractivo del territorio, que, según Brender, obliga a «justificar estas mayores exigencias con beneficios también mayores» (El imperativo de la solidaridad, 1997). Sin embargo, estos beneficios están siendo cuestionados durante el periodo de la «Crisis del Estado del Bienestar» (Rosanvallon) y la crisis de la deuda que afecta a estos países.
En definitiva, siempre es en el peor momento cuando se obliga a subir los impuestos, especialmente durante las crisis -la tasa impositiva en Francia pasó del 42,5% del PIB en 2009 al 46,3% en 2013-, complicando ipso facto la salida de la crisis, en un contexto de competencia global.